
Ley 1/2009 de 05 de febrero sobre Oficialidad de las Lenguas.
Exposición de motivos.
Dada la diversidad de lenguas en nuestro Estado, surge la necesidad de regular su utilización en aras de fomentar el uso de todas ellas y de subsanar lagunas legales.
art. 1 Las lenguas oficiales del Estado son el castellano y el gallego, todos tienen el derecho a usarlas y el deber de conocerlas.
art.2 Se promulga la co-oficialidad del catalán, el inglés, el portugués y el francés. Las lenguas co-oficiales solo podrán utilizarse en virtud de habilitación para tal efecto y en los territorios que así lo promulguen.
art. 3 Cada una de las dos circunscripciones elegirá por un lado si se habilita la co-oficialidad de una lengua dentro de su territorio y por otro lado si ceden a los gobiernos provinciales la potestad para elegir si una lengua es co-oficial en su territorio o no. La regulación que cada circunscripción haga revestirá la forma de Real Decreto, cumpliendo necesariamente las formalidades necesarias para la emanación de dicha norma. La cesión de potestad revestirá la forma de Real Decreto.
art. 4 La cesión de la potestad podrá revertir en la administración del Estado en cualquier momento mediante Real Decreto.
art. 5 La elección de lengua co-oficial por parte de los gobiernos provinciales deberá revestir la forma de disposición general emanada del gobierno de la provincia y deberá ser publicada en el Diario Oficial del Estado. Así mismo dicha elección necesitará informe preceptivo y vinculante por parte del Consejo de Ministros.
art. 6 Los ciudadanos tendrán derecho a dirigir sus escritos a la administración del Estado en la lengua co-oficial habilitada siempre que presenten dicho escrito en el territorio donde esa lengua sea co-oficial. La administración del Estado contestará siempre en una de las dos lenguas oficiales.
Disposición final: Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial del Estado.
Mando guardar y hacer guardar la presente Ley aprobada por el parlamento y sancionada mediante esta firma.
Así lo dispongo, mando y firmo, en el Palau de Camp Xusé, mi residencia a los cinco días del mes de febrero de 2009.
Fdo. José Manuel Novoa Falcón
Presidente del Gobierno