Real Decreto 2/2007 de 01 de agosto de Organización del Gobierno.
Exposición de Motivos
Este Gobierno, fruto del consenso estará compuesto por miembros de ambas circunscripciones, respetando el principio de presencia equilibrada en la medida de lo posible. Así, han sido nombrados para cada puesto en concreto personas cualificadas para desempeñar sus cargos con la máxima diligencia, quienes intentarán satisfacer el interés general en la medida de lo posible así como optimizar de la forma más adecuada los recursos que se les asignen.
TÍTULO PRIMERO: MINISTERIOS Y ÓRGANOS DEPENDIENTES.
Artículo 1º. De las carteras ministeriales y sus titulares.
Se crean los siguientes ministerios, siendo sus respectivos titulares quienes figuran al calce:
- Ministerio del Interior y Economía. Silvio Falcón Rodríguez.
- Ministerio del Amor y del Cariño. Óscar López Iglesias.
- Ministerio de AA.EE. Rubén Docabo Otero.
- Ministerio de la Presidencia. Natalia Vázquez Novoa.
- Ministerio de Justicia. José Daniel Rodicio González.
- Ministerio de Industria y Tecnología. José Ramon Jiménez Alberte.
- Ministerio de Defensa. José Antonio Novoa López.
- Ministerio de la Vivienda. Luis Agustín Crespo Varela.
- Ministerio de Medio Ambiente. Jonathan Diéguez Novoa.
- Ministerio de Agricultura y Pesca. David (Chori).
- Ministerio de Educación y Ciencia. Leila Tugues Rius.
- Ministerio de Deporte y Turismo. Yat-Lung Tang Grau.
- Ministerio de Cultura. Juan Diego Barril Boleto.
- Ministerio de AAPP. Juan Ramón Ruiz Jiménez.
- Ministerio de Sanidad y Consumo. Ezequiel Lovelle Rodríguez.
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Jordi Farré i del Campo.
- Ministerio de la Portavocía del Gobierno. Pablo Antonio Gulías López.
- Ministerio de Comunicaciones e Integración Nacional. Lluís Mata Font.
- Ministerio de Hacienda y Fomento. Dependerán del Presidente del Gobierno.
Artículo 2º. De los Vicepresidentes del Gobierno
Se crean dos Vicepresidencias, no preladas una respecto de la otra. Las funciones de los Vicepresidentes serán las de sustituir al Presidente del Gobierno tanto en su ausencia como suplirlo en determinados actos. El Presidente del Gobierno podrá delegar ciertas funciones en los Vicepresidentes. Dichas vicepresidencias son:
Vicepresidencia de Asuntos Económicos y Políticos. Silvio Falcon Rodríguez.
Vicepresidencia de Sociedad, Bienestar y Defensa del Estado. Óscar López Iglesias.
Artículo 3º. De las Secretarías de Estado, Direcciones Generales y Organismos Públicos.
Dentro de cada Ministerio existirán Secretarías de Estado, Direcciones Generales y Organismos Públicos. La creación de órganos adicionales del rango de los aquí previstos se efectuará por Real Decreto del Presidente del Gobierno, mientras que la creación de órganos adicionales de rango inferior será efectuada por Orden Ministerial.
Se crean las siguientes Secretarías de Estado, Direcciones Generales y Organismos Públicos, figurando en dicho listado su titular así como el Ministerio al que quedan adscritos.
- Secretaría de Estado de Flujos Migratorios. Marcos Blanco Losada. (MIR)
- Secretaría de Estado para Relaciones Institucionales con A Peroxa. Diego Fernández Nóvoa. (MAE)
- Secretaría de Estado para Relaciones Institucionales con Grou. Alba Fernández Carballeda. (MAE)
- Dirección Gral de Tráfico. Iván Ucha Fernández. (MIR)
- Registro de Últimas Voluntades. Silvia López Fernández. (MJU)
- Dirección del Centro Nacional de Inteligencia. Aida Tugues Rius. (MDF)
- Secretario de Estado de Energía. Luis Nabor. (MIC)
- Dirección de Televisora Falcón. Diego González Novoa. (MCI)
- Instituto de la Mujer. Patrícia Nicolau. (MPR)
- Dirección General del Tesoro. Francisco Queija Domínguez. (MHC)
- Mando Unificado de Policía Nacional y Guardia Civil. Iván Dacosta Suárez. (MIR)
- Dirección Instituto Cervantes. Diego Justo Nieves. (MCU)
- Secretaría de Estado de la Senectud. Rita Fontao Almeida. (MTS)
- Secretaría de Estado de la Juventud. Víctor Manuel Falcón Rodríguez. (MTS)
- Dirección General de Actividades Vitivinícolas. Charo. (MSC)
- Instituto Nacional de Salud (INSALUD). Ana (Rizos). (MSC)
- Secretaría de Estado de Telecomunicaciones. David Millán (MIC).
- Dirección de Paradores de Turismo. Sandra Luna Mínguez. (MDT)
- Dirección General del Patrimonio Nacional. Albert Pons i Pratdepadua. (MCU)
- Dirección General de Política Exterior para Asia y Pacífico. Mariví Redondo Carvajal. (MAE)
- Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. (INGESA). Silvia (Trasalba). (MSC)
- Dirección General de Industria Agroalimentaria. Andrea Seoane Ferreira. (MSC)
- Dirección General de Política Exterior para Norteamérica. Christopher Javonitalla Márquez. (MAE)
- Casa de Falcón en el Perú. Jorge Martín Velásquez. (MCU)
TÍTULO SEGUNDO: NOMBRAMIENTO DE TITULARES DE OTROS ÓRGANOS.
Artículo 4º. Del Defensor del Pueblo.
Se nombra Defensor del Pueblo a Álvaro Formoso Doval.
Artículo 5º. Del Presidente de las Cortes.
Se nombra a D. Antonio Docabo Blanco.
Artículo 6º. Del Fiscal General del Estado.
Se nombra a D. Daniel Fernández Rodríguez.
Artículo 7º. De las Delegaciones del Gobierno.
Se crean dos Delegaciones del Gobierno, una en cada circunscripción. Cada Delegación se encargará de los servicios periféricos integrados y dependerán del Presidente del Gobierno, estarán adscritos al MAP.
Se nombra como Delegado del Gobierno en XU a José Benito Álvarez.
Se nombra como Delegado del Gobierno en SO a José Javier Fernández Amat.
Disposición Final: Este Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial del Estado.
Así lo dispongo, mando y firmo, dado en el Pazo de Xusé, mi residencia a 02 de agosto de 2007.
Fdo. EL Presidente del Gobierno
Xosé Manuel Novoa Falcón.